lunes, 16 de mayo de 2022

LAS OBJECIONES.

Ahora es momento de adentrarnos al tema de las objeciones, el desahogo de las pruebas documentales y materiales, así como la presentación adecuada de los alegatos de clausura. Por ello, fungirán como una guía especial las respuestas que se puedan dar a las interrogantes siguientes:

• ¿Por qué deben formularse adecuadamente las objeciones dentro del desahogo de una prueba testimonial? 

• ¿Qué técnicas se deben dominar para la adecuada incorporación de las pruebas documentales y materiales dentro de un juicio? 

• ¿Para qué sirve un alegato de clausura en un juicio penal?

En la presente unidad se buscará que las alumnas y los alumnos logren las competencias adecuadas para construir excelentes objeciones al momento de estar presente en una audiencia de juicio penal; lo anterior porque se trata de ejercer el derecho exclusivo de la contraparte para interrumpir un interrogatorio o contrainterrogatorio mal formulado. De igual manera sucede en repreguntas o la formulación de recontra interrogatorio, al descubrir u observar que quién está desarrollando estas prácticas no cumple con los lineamientos establecido por el Código Nacional de Procedimientos Penales.

En un segundo momento, las y los estudiantes desarrollarán las competencias necesarias para incorporar como prueba los documentos ofrecidos en la etapa intermedia y aceptados preliminarmente en la audiencia correspondiente, que no son otra cosa que fuentes de información fidedignas, si son debidamente agregadas, sobre lo sucedido en el caso que se encuentra siendo analizado por el tribunal de enjuiciamiento, al igual que las pruebas materiales como instrumentos, objetos y efectos del posible delito.

Por último, se trabajará en dotar al discente de los requisitos, las técnicas y las habilidades indispensables para generar un excelente alegato de clausura, sobre todo porque representará la suma de todos los esfuerzos y buenos resultados logrados a lo largo de todo el proceso penal. En los alegatos de clausura se argumentará lógica, científica y jurídicamente la teoría del caso que se ha venido construyendo desde su investigación, preparación a juicio y, desde luego, en el juicio mismo. Si se desea demostrar, sin la menor duda razonable, que una postura es la correcta, deben dominarse las técnicas adecuadas; en consecuencia, al tribunal no le quedará otra alternativa que fallar a su favor.




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