viernes, 20 de mayo de 2022

MÉTODOS DE CONFRONTACIÓN DE DECLARACIONES EN EL JUICIO

El principio de contradicción que rige en el Sistema Penal Acusatorio y Oral, el cual consiste en el derecho que tienen las partes de acceder a todos los datos que obren en la carpeta de investigación integrada por el Ministerio Público y los ofrecidos por el imputado y su defensor para controvertirlos, permite participar en las audiencias pública en que se incorporan y desahogan medios de prueba, presentando versiones e interpretaciones de los resultados de dichas diligencias o haciendo aclaraciones pertinentes; de esta manera, el Ministerio Público, el imputado y el defensor participan de forma activa en el examen directo de las demás personas que intervienen en el proceso, como los peritos o los testigos.


Hablar de contradicción refiere a una confrontación entre las partes y sus teorías del caso con base en el desahogo de pruebas testimoniales, periciales, documentales o materiales, sobre todo cuando se percibe que una de las personas no está diciendo la verdad o no se ha encontrado la forma de que esta aflore en la audiencia para que el tribunal se entere de lo que realmente sucedió, sobre todo si esa información se encuentra en poder de testigos o peritos.

En la audiencia de juicio las partes tienen la oportunidad de intervenir para actuar como supervisores de la correcta o incorrecta introducción de medios de prueba al proceso, permitiéndoles hacer toda clase de preguntas u observaciones, siempre y cuando sean pertinentes y conducentes. Así, las partes intervienen en la audiencia requiriendo y realizando aclaraciones, estimando la manera en que su contraparte realiza la misma labor y logrando controversia para apoyar su teoría de caso.

Estos métodos de confrontación de las declaraciones en el juicio utilizan técnicas para evidenciar o superar contradicciones, para refrescar memorias, entre otras. Surgen por la necesidad de cuestionar la credibilidad de un testimonio, o bien porque se necesita aclarar la memoria del testigo, aún más cuando se quiere conocer la motivación de este, así como cuando no se tiene confianza en el testimonio ofrecido.

En el desarrollo de esta mecánica son aplicables cuatro pasos fundamentales: confirmar, acreditar (también significa sentar las bases), confrontar y acabar. El primero consiste en confirmar la declaración que hizo el testigo en el interrogatorio directo; posteriormente, es necesario acreditar la declaración anterior para subrayar su importancia y finalmente lograr que el testigo reconozca haber hecho la declaración anterior. La pregunta que guiará el trabajo será: ¿Cómo demostrar que el testigo o perito está diciendo la verdad?


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